viernes, 20 de septiembre de 2019

Deuda por Territorio: La Inversión Extranjera en Zonas de Frontera


DEUDA POR TERRITORIO
La Inversión Extranjera Directa y las tripas de la abuela


El servicio de la deuda crea servidumbre.

En una entrevista interesante, el economista Héctor Giuliano en base a datos del Ministerio de Economía calcula la deuda externa argentina al 31 de marzo de 2019 en 338.000 millones de dólares, solo de la Administración Central, es decir sin las cuentas previsionales, ni tampoco las empresas del Estado ni las provincias.

Calculando que estas últimas están endeudadas aproximadamente en 30.000 millones de dólares y que el Banco Central tiene una deuda de 87.000 millones de dólares, LA DEUDA EXTERNA ARGENTINA RONDARÍA LOS 450.000 millones de dólares (cuatrocientos cincuenta mil millones de dólares). Sin contar los juicios de Hold Outs.

No quiero entrar en detalles técnicos del monto exacto de la deuda porque no viene al caso. La trampa de la deuda tiene una finalidad que no es monetaria.

El objetivo de la deuda no es obtener más dinero sino más servidumbre, más obediencia. La deuda es un sistema para obtener sometimiento, para reforzar la posición dominante del acreedor, para incapacitar, para que el deudor este discapacitado de cumplir.

Ante la postración obtenida el acreedor avanza sobre el patrimonio del deudor.
Esto es lo que se llama desposesión.

Para que quede claro piense en algún pariente, amigo o conocido que convirtió su deuda en algún bien concreto, desposeyendo al deudor de un objeto material.
En los países pasa lo mismo y es lo que voy a tratar de explicar acá.


40 años de servidumbre de la deuda

Con esos niveles de endeudamiento el solo pago de intereses de la deuda se vuelve imposible. El pago de intereses se complica, las cuentas no llegan, entonces aumenta el riesgo país, los capitales se retiran, aumenta aun más el riesgo país y se pide al fin más deuda con intereses más caros. Es un círculo perverso, adictivo.

Es eso que Ud. conoce bien porque se lo hacen las tarjetas de crédito. Ud. se ve ahogado por los intereses, se gasta los ahorros y termina pidiendo un préstamo para pagar los intereses de la tarjeta, a los que suman después los intereses del préstamo.

El resultado de la trampa de la deuda es ser siempre más débil. Es como un mensaje que dice: la plata que no viene trabajando debilita. Argentina es un país debilitado.


Las tripas de la abuela

Así como el acreedor pasó por su casa a llevarse el televisor porque Ud. no le pagó, los acreedores de la Deuda Externa Argentina, que dicho sea de paso todavía no se sabe quiénes son, pasarán a retirar de su país las cosas que consideren interesantes.

¿A ver qué cosas de su país se pueden llevar?

En los años 90 con Menem se llevaron las empresas del Estado (Los trenes, Aguas Argentinas, YPF, Entel, Empresas Eléctricas, Empresas de Gas, el Correo, Aerolíneas Argentinas y los Fondos de Pensión con las AFJP) empresas que habían costado a todo el pueblo argentino más 50 años de muchos esfuerzos y mantenimientos.

Se llevan las joyas de la abuela, se dijo entonces.

Hoy esta súper-mega deuda tampoco se podrá pagar. ¿Y qué se van a llevar?
Las tripas de la abuela: nuestros Recursos Naturales.


Argentina, la Grecia sudamericana.

En términos de endeudamiento el único caso comparable con el argentino es el de Grecia.
Se acuerdan que había un gobierno de centro-izquierda, que no iba a pagar, se convocó a un referéndum, el pueblo dijo no pagamos nada y el presidente fue y pagó.

¿Se acuerdan?

El tema no es que Alexis Tsipras se haya cagado en sus votantes, en su partido y en sus propios discursos, el tema acá es cómo pagó, con qué pagó.

El Gobierno del ex primer ministro griego, Alexis Tsipras, puso en venta más de 1200 islas, para conseguir 54.139 millones de dólares y poder pagar la deuda contraída entre 2009 y 2012.

La isla Omfori cuesta 61,9 millones de dólares, Dulichium 49,5 millones de dólares, mientras que Aegean la venden por 43,3 millones de dólares. Todas se ubican en el mar Jónico.
Grecia dispuso un catálogo con otras 11 islas más baratas, las cuales se pueden obtener pagando 3.248.000 millones de dólares.

Islas, puertos y aeropuertos se llevaron lo mas campantes los acreedores en forma de pago de la deuda. Pero no alcanzó y Grecia sigue endeudada.

Alemania, capo de la eurozona, es el país que se quedó con la mayor parte del botín.
¿Quién es el capo de nuestra zona?


EEUU y las Zonas de Seguridad Nacional

Allá por los años 60’ de rebeldías en pantalones Oxford y la Alianza para el Progreso de los EEUU, el General Onganía reforma una ley central para la Defensa Nacional.

Estamos hablando de la Ley 15.385 de 1944, que llevaba nada menos que la firma de Farrel, Luis C. Perlinger, Juan Perón, César Ameghino, Orlando Peluffo, Alberto Teisaire, Alberto Baldrich, Juan Pistarini y Diego I. Mason.

La Ley original en la que participó el mismísimo Juan Domingo Perón dice en su texto original de 1944, básicamente que debe haber Zonas de Seguridad Nacional, que no pueden radicarse establecimientos privados y que pueden estar sujetos a expropiación si lo considera la Comisión Nacional de Defensa.

¿Qué eran esas Zonas de Seguridad Nacional?
50 km desde el limite marítimo (línea base) hacia el continente y 100 km en los límites territoriales terrestres. Las fronteras eran temas centrales para la Defensa Nacional.

La Defensa Nacional en ese entonces estaba por encima de los intereses privados.

Ley 15.385 de 1944 - TEXTO ORIGINAL decreto
CREACION DE ZONAS DE SEGURIDAD NACIONAL
Art. 4.° – Declárase de conveniencia nacional que los bienes ubicados en las zonas de seguridad pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos.
El Poder Ejecutivo podrá declarar de utilidad pública y expropiar los bienes que considere necesarios, como también dictar normas en el futuro respecto a los mismos, a propuesta del Consejo de Defensa Nacional. Igualmente podrá exigir que la venta, transferencia o locación de los bienes situados en ciertas zonas de seguridad de fronteras, no se realice sin obtener antes la conformidad de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad Nacional respecto a la persona del adquirente o locatario.

Art. 9.° – Dentro de las zonas de seguridad, las autoridades nacionales, provinciales y municipales no podrán otorgar concesiones para la explotación de servicios públicos, vías de comunicación, establecimientos mineros e industrias metalúgicas y químicas, sin recabar previamente la autorización del Consejo de Defensa Nacional, cuya Comisión Nacional de Zonas de Seguridad prestará su conformidad a la libre implantación o establecerá los recaudos y condiciones que será menester salvaguardar al otorgar el correspondiente permiso o concesión, en defensa de las finalidades militares que interesan a la zona.

En la ley de 1944, con el clima aun tenso de la Segunda Guerra Mundial, se podía llegar a la expropiación si la Comisión de Defensa Nacional indicaba que en las Zonas de Fronteras se radicaban emprendimientos que lesionaban nuestra soberanía.

Onganía lo que hace es desvirtuar las Zonas de Seguridad Nacional desnaturalizando su importancia y sus objetivos. 
Lo hace vinculando de modo poco claro la Comisión Nacional de Defensa (cuyo objetivo es la Defensa) a la Comisión Nacional de Desarrollo, más conocida como CONADE, de rápida fama por ser la comisión que autorizaba la radicación de Inversión Extranjera en nuestro territorio en pleno auge de las ideas del desarrollismo de Frondizi - Frigerio.

El plan perfecto para recibir los enormes bolsones de dólares repartidos por EEUU en su Alianza para el Progreso.

Al juntar la Comisión de Defensa Nacional con la Comisión Nacional de Desarrollo, lo que sugiere es que la defensa depende del desarrollo, pero si tener en claro de dónde viene ese “desarrollo”.

El plan parecía decir, desarrollemos las zonas de frontera. ¡Con inversión extranjera!

1970 - ONGANIA-IMAZ
DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY 18.575
SOBRE ZONAS Y AREAS DE FRONTERA.

DECRETO NACIONAL 468/1970
BUENOS AIRES, 30 de Enero de 1970
Boletín Oficial, 3 de Febrero de 1970

ART. 5.- El Consejo Nacional de Seguridad intervendrá asistiendo al Poder Ejecutivo en las tareas determinadas por el art. 4 del presente decreto.
ART. 6.- El Consejo Nacional de Desarrollo intervendrá en las tareas emergentes del inc. d) del art. 4 del presente decreto.
e) Elaborar los programas de cooperación internacional en materia económica y técnica en función del desarrollo.

¿Qué proponía la CONADE (Comisión Nacional de Desarrollo)?

DECRETO N° 7.290 Bs. As., 23/8/61
FRONDIZI. — Roberto T. Alemann
CONSIDERANDO:
Que el objetivo fundamental de la política del Gobierno Nacional es la promoción del desarrollo económico del país, como condición indispensable para el fortalecimiento de la soberanía nacional para el mejoramiento efectivo del nivel de vida de la población;
Que la política económica desarrollada hasta el presente ha procurado, por una parte, completar la rehabilitación de las condiciones básicas de la economía nacional para reactivar y afianzar el proceso de capitalización y, por la otra, ha puesto en marcha los programas de desarrollo de más alta prioridad, principalmente los relativos a la vigorización del sector agropecuario, a la explotación de los recursos de petróleo y gas natural, al desarrollo de la infraestructura en materia de transportes y energía y al impulso de la actividad industrial mediante el estímulo a una inmensa corriente de inversiones

Recordemos que en 1961 el presidente Kennedy propuso un programa que ayudaría económica y socialmente a la región a cambio del alineamiento con la Doctrina de Seguridad Nacional de EEUU. El dinero para el progreso era a cambio de soberanía.

Denominado Alianza para el Progreso, éste programa de inversiones extranjeras se propuso mejorar las condiciones sanitarias, ampliar el acceso a la educación y la vivienda, controlar la inflación e incrementar la productividad.

La llamada Doctrina de Seguridad Nacional fue un producto de ese mismo pensamiento en el marco de la Guerra Fría, que mantuvo al mundo dividido en dos campos antagónicos. Fue ideada por los sucesivos gobiernos de los Estados Unidos y puesta en práctica mediante el entrenamiento de los distintos ejércitos latinoamericanos en la Escuela de las Américas en Panamá para llevar adelante las dictaduras latinoamericanas.



La Inversión Extranjera en Zonas de Frontera

Argentina en pleno 2019 limita hacia los Andes con Canadá y hacia el mar con Reino Unido. Esos son nuestros “vecinos”.

Toda la cordillera de los Andes esta saqueada por mineras principalmente Canadienses aunque también Chinas y norteamericanas que derrochan grandes cantidades de agua, contaminan nuestros ríos y con una declaración jurada berreta dicen qué es lo que se llevan en miles de conteiners.

Es como si Ud. declarase en un papelito lo que se lleva del supermercado sin que nadie lo revise.

Todo nuestro territorio marítimo se encuentra subsumido a la base militar de la OTAN que Reino Unido administra en nuestras Islas Malvinas. La riqueza ictícola y petrolera que abunda en el fondo de nuestro mar se comercializa en todo el mundo sin pedirnos permiso y sin darnos un centavo.

Argentina limita con Canadá hacia el oeste y con Reino Unido hacia el este. Así están las cosas por dejar que las Zonas de Frontera se “desarrollen”.



EL RIESGO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA

La Inversión Extranjera es el dispositivo por el cual se puede materializar la deuda. Esa inmensa cantidad de miles de millones de dólares no sirven para nada, no son ni siquiera papelitos, son solo archivos, bytes en cuentas de los discos rígidos de la Oligarquía Financiera Internacional.

Pero cuando esos montos de deuda se convierten en bienes concretos, en empresas del Estado, en minerales, en lagos, en montañas enteras, a lo que estamos aconteciendo es a un proceso de enajenación del territorio sin haber disparado ni un solo tiro. Nos van a sacar las cosas por teléfono, dijo Perón hace 66 años.

Es un proceso de Ocupación Territorial a través de la Inversión Extranjera.

Lo más triste es que al grito desesperado de “inversiones ya” parecen acudir sirios y troyanos de todo el arco ideológico. Toda la clase política, ya sea que le toque estar de oficialista o de oposición acuerda en el reclamo desesperado de inversiones.



Macri es peor


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 253/2018

Zonas de Seguridad de Fronteras. Apruébase Cartografía Oficial. Facultades.


Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2018
CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria, crea la Zona de Seguridad de Fronteras como una franja de territorio adyacente al límite internacional donde el Estado Nacional es responsable de coordinar políticas públicas de seguridad y defensa.
Que en consecuencia con lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario reconsiderar y modificar la Zona de Seguridad de Fronteras de acuerdo con criterios actuales para la lucha contra el narcotráfico, la trata de personas, el contrabando y otros delitos trasnacionales.
Que resulta práctico y aconsejable mantener unificados los límites de la Zona de Frontera para el Desarrollo y de la Zona de Seguridad de Fronteras, por cuanto se trata de DOS (2) jurisdicciones donde se desarrollan acciones concurrentes a un mismo fin.
Que el tiempo transcurrido desde el dictado de las normas vigentes en la materia, los cambios estructurales producidos en la organización administrativa y en las referencias geográficas anteriormente utilizadas, la modificación del trazado de las principales rutas nacionales y la experiencia recogida, hacen imprescindible una nueva reorganización geográfica, así como una actualización de los organismos estatales involucrados en el Desarrollo y Seguridad de Fronteras.
Que por Decreto N°15/16 se creó la entonces SECRETARÍA DE FRONTERAS, atribuyéndole entre sus competencias la de asegurar la presencia efectiva del ESTADO NACIONAL en toda la Zona de Seguridad de Fronteras y asistir al MINISTERIO DE SEGURIDAD en todo lo concerniente a la seguridad de fronteras.

Que por Decreto N° 27/17 se constituyó a la entonces SECRETARÍA DE FRONTERAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD como órgano de trabajo de la COMISIÓN NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD, ordenándole a esta última presentar una revisión del alcance geográfico de la Zona de Seguridad de Fronteras estipulado por el Decreto Nº 887/94.
Que los cambios institucionales operados obligan a otorgar al MINISTERIO DE SEGURIDAD la facultad de excluir a determinados centros urbanos ubicados en la Zona de Seguridad de Fronteras, del ejercicio de policía de radicación que establece el Decreto-Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria, ratificado por la Ley Nº 12.913, modificado por Ley Nº 23.554.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Determínase que la superficie de la Zona de Seguridad de Fronteras creada por el Decreto-Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria, en el ámbito del espacio fronterizo nacional será el determinado según las características y definición geográfica establecido en el ANEXO I (IF-2018-12720620-APN-UCG#MSG), que forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 2°.- La Zona de Frontera para el Desarrollo establecida por la Ley Nº 18.575 mantendrá la misma determinación geográfica que la Zona de Seguridad de Fronteras terrestre.
ARTÍCULO 5°.- Facúltase al MINISTERIO DE SEGURIDAD a excluir a determinados centros urbanos ubicados en Zona de Seguridad de Fronteras del ejercicio de policía de radicación que establece el Decreto Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria.

En concreto ahora las fronteras con Macri no son más un tema de Defensa Nacional sino que pasan al ámbito una tanto abstracto y generalizado de la Seguridad. Ya ni siquiera se la llama Seguridad Nacional, es tan solo Seguridad.

De aquel decreto de 1944 estableciendo la Defensa Nacional en las Zonas de Frontera quedan hoy solo sus despojos.

¿Qué es lo que se esconde en esta confusión de Defensa por Seguridad?

Básicamente si intervienen militares o policías, es decir, qué fuerzas y con qué carácter son definidas nuestras fronteras. 

Estas Empresas Transnacionales se instalan en las Zonas de Frontera a través de sus inversiones, extraen petróleo o minerales y despliegan sus fuerzas de seguridad privada de élite

¿Ud. se imagina a la policía tratando de disuadir a una empresa extranjera de que tiene que retirarse porque así lo ordena el Poder Ejecutivo Nacional? ¿O los ve reprimiendo manifestantes? 

Es por eso que Macri plantea que las Zonas de Frontera pasen a depender del Ministerio de Seguridad y no del Ministerio de Defensa. ¿Se entiende? Se debilita cualquier intento soberano de recuperar el control de las Zonas de Frontera al pasarlo al ámbito de la Seguridad mientras que es claramente objeto de la Defensa. 

Y si son los mismos pueblos de frontera los que se oponen a la radicación de estas empresas extranjeras el artículo de Burlich-Macri es bien claro: excluir a determinados centros urbanos del ejercicio de policía de radicación.

Deben ser los militares los que intervengan en la recuperación de nuestros Recursos Naturales como ya se ha visto en Bolivia. 

El aumento de fuerzas de seguridad en las Zonas de Frontera es para reprimir a los manifestantes que se opongan a la radicación de estas empresas




El riesgo de la Inversión Extranjera

Mauricio Macri puso a los Recursos Naturales, nuestro territorio con sus riquezas minerales, como garantía de los 20.000 millones de dólares que pidió prestados excluyéndolos de la inmunidad soberana, artículo 236 del Código Civil.

Nuestro oro, plata, zinc, cobre, aluminio, estaño, níquel, tierras raras y todas nuestras riquezas naturales como garantía del pago de la deuda. En este punto lo interesante es preguntarse por “el cómo” se llevaran esas riquezas naturales de nuestro territorio.

El mecanismo concreto por el cual se apropiarán las Grandes Empresas Transnacionales de nuestras riquezas minerales se llama Inversión Extranjera Directa.

El Código Nacional de Inversiones no ha sido modificado en la Década Ganada, menos aun con el gobierno de Mauricio Macri y rige desde los tiempos de Carlos Saúl Menem.

Llamarlo laxo sería un halago. Es simplemente pornográfico.

Pueden invertir, llevársela como quieran, en la cantidad que quieran y cuando quieran. No ha sido modificado en lo más mínimo y nadie ha mencionado el tema.

Tenemos hoy en la Argentina el Código de Inversiones del menemismo y la Ley de Entidades Financieras de la última dictadura cívico-militar.

Una ley para que la timba financiera se la pueda llevar toda y otra ley para que los Grupos Económicos puedan saquear Recursos Naturales sin dar explicaciones.  

Esos dos andamiajes jurídicos constituyen el plexo legal de la dependencia.

La falsa dicotomía entre capital financiero vs capital productivo esconde que los Grupos Económicos comen de las dos manos. Bancos y Transnacionales extractivas operan unidos hace muchos años.

Identificar al enemigo solo en el Capital Financiero Especulativo es o muy inocente, o producto de un déficit ideológico en la formación de los dirigentes o simplemente una traición. Una sutil maniobra para camuflar al gran capital monopólico.

No son solo los bancos. Son también LAS EMPRESAS TRANSNACIONALES las que nos saquean. Eludir esto es una forma de traición a nuestra Soberanía. 

El supuesto “capital productivo” que se vende con pomposos discursos como “industria nacional”, no es más que industria “local” , radicada en el país, no orientada a la grandeza nacional, sino aprovechada por el capital transnacional para facilitar el saqueo. 

Esa Inversión Extranjera es para extranjerizar nuestro territorio, contaminar nuestro hábitat y derrochar nuestra agua.

La entrega se justifica por algunos puestos de trabajo usados para barrer las oficinas del amo extranjero.

El neoliberalismo no solo es financiero. También es extractivo. Con el Código Nacional de Inversiones y Ley de Minería del menemismo, con la Ley de Entidades Financieras de la última dictadura genocida vigentes, reivindicar la memoria de los desaparecidos o decirse continuadores de la lucha piquetera contra el menemismo es pura hipocresía.

Los años pasan rápido y estos temas nunca aparecen en agenda.

¿No habrá llegado el momento de discutirlos?

Lic. Gustavo Koenig
Sociólogo UBA
Maestrando en Defensa Nacional - UNDEF

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